¿Qué tipos de sociedades hay (SA, SRL, SAS)?
La constitución de sociedades en Argentina arranca por una decisión clave: qué tipo societario elegir. Las tres formas más usadas son la Sociedad Anónima (SA), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Las tres limitan la responsabilidad de los socios al capital que aportan, pero se diferencian en cómo se divide ese capital, en los órganos de administración y, sobre todo, en lo ágil y económico que es el trámite de inscripción.
La SAS fue creada justamente para simplificar el armado de empresas: se puede constituir con un solo socio, con un estatuto modelo y, en varias jurisdicciones, con inscripción más rápida. La SRL es la forma tradicional para emprendimientos chicos y medianos, con capital dividido en cuotas. La SA queda para estructuras más grandes o que prevén incorporar inversores, con capital en acciones y un régimen de control más exigente.
| Aspecto | SA | SRL | SAS |
|---|---|---|---|
| Capital dividido en | Acciones | Cuotas | Acciones |
| Cantidad de socios | Mínimo 2 | Mínimo 2 | Desde 1 |
| Responsabilidad de socios | Limitada al aporte | Limitada al aporte | Limitada al aporte |
| Administración | Directorio | Gerencia | Administrador/es |
| Agilidad / costo de armado | Mayor estructura | Intermedia | La más ágil |
| Perfil típico | Empresa grande / con inversores | Pyme tradicional | Emprendimiento / startup |
Importante: el capital mínimo, los aranceles de inscripción y los requisitos formales se actualizan seguido y varían según la jurisdicción (CABA, provincia de Buenos Aires, etc.). Dentro del curso te mostramos cómo identificar y aplicar los requisitos de cada momento y lugar, no valores fijos de un año puntual (porque cambian).
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Cómo constituir una SAS paso a paso
Constituir una SAS es hoy el camino más rápido para crear una empresa. A grandes rasgos, el circuito es el siguiente:
- Definir socios, objeto y nombre: quiénes integran la sociedad, a qué se va a dedicar (objeto social) y la denominación, verificando que el nombre esté disponible.
- Redactar el instrumento constitutivo y el estatuto: capital, aportes, administración y representación. Se puede partir de un estatuto modelo y adaptarlo.
- Definir el capital y la integración de aportes: cuánto capital, en qué proporción y cómo se integra (dinero o especie).
- Inscribir la sociedad ante el organismo de control que corresponda (IGJ en CABA / Registro Público de la jurisdicción).
- Tramitar en ARCA (ex AFIP): obtener el CUIT de la sociedad, la clave fiscal, designar autoridades y empadronar los impuestos.
- Pasos finales: apertura de cuenta bancaria a nombre de la sociedad, libros societarios y demás trámites de puesta en marcha.
En el curso recorremos cada paso con la operatoria real, no solo la teoría: qué se carga, dónde, en qué orden y qué errores evitar para que el trámite no rebote.
Estatuto y trámite en IGJ / ARCA
El estatuto (o instrumento constitutivo) es el corazón de la sociedad: define el objeto, el capital, cómo se administra y cómo se representa, las mayorías para tomar decisiones y las reglas para ceder cuotas o acciones. Un estatuto mal armado es la causa más común de que la inscripción se demore o se rechace.
Una vez firmado, la sociedad se inscribe en el organismo de control: la Inspección General de Justicia (IGJ) en CABA o el Registro Público que corresponda en cada provincia. Con la inscripción lista, se completan los trámites en ARCA (ex AFIP): alta de CUIT, clave fiscal, designación de autoridades y empadronamiento en los impuestos en los que la sociedad va a estar inscripta.
Errores frecuentes al constituir una sociedad
La mayoría de los problemas no aparecen en la idea, sino en los detalles del trámite. Estos son los que más hacen rebotar una constitución:
- Objeto social mal redactado: contradictorio o que no habilita la actividad que la empresa realmente va a hacer.
- Capital mal definido: no respetar el mínimo correspondiente o no documentar correctamente la integración de los aportes.
- Elegir el tipo equivocado: armar una SA cuando alcanzaba una SAS (o al revés), sumando costos y trámites que no hacían falta.
- Domicilio y sede social: confundir domicilio legal con sede inscripta, o no poder acreditarlo cuando lo piden.
- Olvidar los pasos posteriores: quedarse en la inscripción y demorar el CUIT, los libros o el empadronamiento de impuestos, frenando la operatoria.
Cada uno de estos puntos tiene su forma correcta de resolverse. En el curso los vemos con casos reales, los modelos a usar y la lógica detrás de cada requisito, para que puedas constituir una sociedad de principio a fin con seguridad.
